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SCHAUMAN, MARIA DE LOS ANGELES Y OTRO c/ OBRA SOCIAL DE PETROLEROS (OSPE) s/AMPARO LEY 16.986

La actora promovió acción de amparo para que se ordene a la obra social mantener su afiliación tras obtener el beneficio jubilatorio. La Cámara Federal confirmó la sentencia de primera instancia y ordenó a la obra social mantener la afiliación de los actores.

Obra social Derecho a la salud Cobertura medica Afiliacion Accion de amparo Jubilados Monotributistas


- Actores: María de los Ángeles Schauman y Ricardo Ernesto Dargain

¿A quién se demanda?

Obra Social de Petroleros (OSPE)

¿Cuál es el objeto del reclamo?

Que se ordene a OSPE mantener la afiliación de los actores al "Plan 602-A" en las mismas condiciones tras obtener el beneficio jubilatorio de la Sra. Schauman.

¿Qué se resolvió?

El juez de primera instancia hizo lugar a la acción de amparo y ordenó a OSPE mantener la afiliación. La Cámara Federal confirmó esta decisión.

¿Cuáles son los fundamentos principales?


- La jurisprudencia reconoce el derecho de los jubilados a permanecer en la obra social a la que estaban afiliados, sin distinción entre régimen de relación de dependencia o monotributistas.
- El art. 16 de la Ley 19.032 establece que los jubilados tienen el derecho de opción de permanecer en la obra social o incorporarse al PAMI, por lo que la baja de OSPE fue arbitraria.
- Si bien OSPE no está inscripta en el registro que habilita a recibir aportes de jubilados, se debe ordenar a ANSES transferir los montos correspondientes a la "cápita" reglamentaria.
- La diferencia entre el plan contratado y la cápita transferida debe ser abonada por los actores.

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