ZELARAYAN, LAURA CRISTINA c/ ANSES s/REAJUSTES VARIOS
La Cámara Federal de Salta confirmó la sentencia que ordenó el reajuste de la porción docente del haber previsional de la actora, aplicando el régimen de movilidad de la Ley 24.016.
Reajuste de la porción docente de su haber previsional conforme a la Ley 24.016
¿Qué se resolvió?
La Cámara Federal de Salta confirmó la sentencia de primera instancia que ordenó el reajuste del 82% móvil de la remuneración de la actora según la Ley 24.016, con pago de retroactivos desde 2015 y declaró inaplicable el art. 9 de la Ley 24.463.
¿Cuáles son los fundamentos principales?
- El régimen de la Ley 24.016 se encuentra vigente y no puede ser desplazado por las disposiciones del Decreto 137/05 o la Resolución SSS 14/09.
- El principio de progresividad implica que, de comprobarse que el haber reajustado resulta inferior al percibido, corresponderá estar al monto mayor.
- La Corte Suprema sostuvo que las jubilaciones docentes regionales deben considerarse incorporadas al régimen especial de la Ley 24.016, por lo que es inaplicable el art. 9 de la Ley 24.463.
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