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TORINO ESCUDERO, MAGDALENA c/ ANSES s/REAJUSTES VARIOS

La actora reclamó el reajuste de la porción docente de su haber jubilatorio. La Cámara Federal confirmó la sentencia que ordenó el reajuste de la prestación conforme la ley 24.016.

Movilidad Anses Ley 24 241 Principio de progresividad Jubilacion docente Reajuste de haberes Ley 24 016

Reajuste de la porción docente del haber jubilatorio de la actora, de acuerdo a la ley 24.016

¿Qué se resolvió?

La Cámara Federal de Salta confirmó la sentencia de primera instancia que ordenó el reajuste del haber previsional de la actora en el 82% móvil de la remuneración del cargo al momento del cese, de conformidad a la ley 24.016. Rechazó el recurso de apelación interpuesto por la ANSES.

¿Cuáles son los fundamentos principales?


- La Cámara reiteró su jurisprudencia en el sentido de que el régimen de movilidad de la ley 24.016 se encuentra vigente y no puede ser desplazado por las disposiciones del decreto 137/05 ni por el reconocimiento del suplemento de la Resolución SSS 14/09.
- Respecto al argumento de la ANSES sobre que el reajuste ordenado no beneficiaría a la actora, la Cámara señaló que no se acreditó cuál era el salario de actividad para comprobar esa afirmación. No obstante, indicó que, conforme al principio de progresividad y no regresión en materia de derechos sociales, de corresponder un monto inferior al percibido, se deberá estar al haber efectivamente percibido.

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