PONCE, NOEMI DEL CARMEN c/ ANSES s/REAJUSTES VARIOS
La accionante, jubilada docente, reclamó el reajuste de su haber previsional. La Cámara Federal de Apelaciones de Salta confirmó la sentencia de primera instancia que ordenó el reajuste de la jubilación al 82% móvil de la remuneración.
- Demandante (Actor): Noemi del Carmen Ponce
¿A quién se demanda?
ANSES
- Objeto del reclamo: Reajuste del haber jubilatorio de la actora por su actividad docente
¿Qué se resolvió?
La Cámara Federal de Apelaciones de Salta rechazó el recurso de apelación de la ANSES y confirmó la sentencia de primera instancia que ordenó el reajuste de la jubilación al 82% móvil de la remuneración.
¿Cuáles son los fundamentos principales?
- La Cámara remitió a los fundamentos de un precedente anterior ("Bustillos, Nelcy del Carmen c/ ANSeS s/ Reajuste de haberes") donde se estableció que correspondía el reajuste al 82% móvil de la remuneración para los beneficios obtenidos por actividad docente.
- Respecto al coeficiente de variación salarial docente (CVD) que estaría percibiendo la accionante, la Cámara remitió a otros precedentes donde se abordó este tema ("Arévalo, Olimpia Florencia Ramona c/ANSeS" y "Delgado, Marta Estela c/ANSeS").
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