BARRAGAN REMIREZ, ANGEL AQUILES c/ OBRA SOCIAL OMINT s/LEYES ESPECIALES (diabetes, cáncer,fertilidad
El actor promovió acción de amparo para obtener la cobertura de audífonos. La Cámara Federal de Salta confirmó la sentencia que ordenó a la obra social brindar la cobertura de los audífonos solicitados.
¿Quién es el actor?
Ángel Aquiles Barragán Ramírez
¿A quién se demanda?
Obra Social OMINT
¿Cuál es el objeto del reclamo?
Cobertura de audífonos marca Phonak, modelo Audeo P 70 R con auricular S en oído derecho y oído izquierdo con sistema cross
¿Qué se resolvió?
La Cámara confirmó la sentencia que hizo lugar a la acción de amparo y ordenó a OMINT cubrir los audífonos solicitados.
¿Cuáles son los fundamentos principales?
- El a quo analizó en profundidad la situación fáctica y normativa, considerando los informes médicos que acreditan la necesidad de los audífonos solicitados.
- La ley 25.415 establece la obligatoriedad de las obras sociales y empresas de medicina prepaga de brindar la cobertura de audífonos y prótesis auditivas.
- Si bien la normativa indica que la provisión debe realizarse con productos nacionales y sin sugerir marcas, también prevé la posibilidad de otorgar productos importados cuando no existan similares nacionales, exigiendo acreditar debidamente la necesidad de un modelo específico.
- Los informes médicos justificaron la necesidad de los audífonos de marca y modelo solicitados.
- La demandada no acreditó haber ofrecido una alternativa al actor, limitándose a negar su obligación de cubrir los audífonos.
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