CARRERAS, DORA NILDA c/ ANSES s/REAJUSTES VARIOS
Jubilada solicitó reajuste de su haber previsional conforme ley 24.016. La Cámara Federal modificó la fecha desde la cual corresponde calcular los retroactivos adeudados.
Reajuste de haber jubilatorio conforme ley 24.016
¿Qué se resolvió?
Se hizo lugar parcialmente al recurso de apelación. Se modificó la fecha desde la cual corresponde calcular los retroactivos adeudados, fijándola en 24/11/14 (2 años antes del último reclamo administrativo).
Fundamentos relevantes:
- La Cámara consideró que conforme al principio de congruencia, los retroactivos sólo podían computarse desde la fecha del último reclamo administrativo que habilitó la demanda judicial, es decir, 24/11/16.
- Se confirmó el reajuste del haber conforme ley 24.016, por ser procedente de acuerdo a los antecedentes de la Sala.
- Se rechazó el agravio sobre la inaplicabilidad de la circular ANSES DP N°9/22, por corresponder a la ANSES instrumentar las medidas necesarias para el reajuste.
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