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ROMAN, CANDIDO MIGUEL c/ ANSES s/REAJUSTES VARIOS

El actor promovió demanda por reajuste de su haber jubilatorio. La Cámara Federal de Mendoza confirmó parcialmente la sentencia de primera instancia, ordenando el ajuste de la Prestación Básica Universal y reconociendo la exención del impuesto a las ganancias sobre el retroactivo.

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Reajuste del haber jubilatorio

¿Qué se resolvió?

Se confirma parcialmente la sentencia de primera instancia, ordenando el ajuste de la Prestación Básica Universal conforme a la legislación vigente y reconociendo la exención del impuesto a las ganancias sobre el retroactivo. La Cámara señaló que respecto al reajuste del haber inicial (PBU, PC y PAP), debe confirmarse la solución de primera instancia, aplicando la doctrina de la CSJN en "Elliff, Alberto José c/ ANSES". Sin embargo, con la sanción de la ley 26.417, el art. 2 establece que para las remuneraciones devengadas a partir de marzo de 2009, se aplicará el índice combinado previsto en el art. 32 de la ley 24.241. En cuanto a la actualización de la PBU, el tribunal consideró acertado aplicar a los $200 la movilidad ordenada en la sentencia de primera instancia por el periodo 2002 al 2006 y luego las movilidades dispuestas en las leyes 26.417 y 27.426, hasta la fecha de adquisición del derecho. Respecto a la exención del impuesto a las ganancias sobre el retroactivo, la Cámara confirmó lo resuelto, siguiendo su jurisprudencia previa, al considerar que las sumas devueltas no son materia de afectación tributaria.

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