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TORRES ARANCIBIA, ANA MARIA c/ ANSES s/REAJUSTES VARIOS

La actora reclamó el reajuste de su jubilación por invalidez. La Cámara Federal de Mendoza confirmó la sentencia de primera instancia que hizo lugar a la demanda, aplicando el índice de salarios básicos de la industria y la construcción para el cálculo de la prestación.

Costas Inconstitucionalidad Seguridad social Movilidad Reajuste Jubilacion por invalidez Indice isbic


- Actora: Ana María Torres Arancibia

¿A quién se demanda?

ANSES

¿Cuál es el objeto del reclamo?

Reajuste del haber inicial de la jubilación por invalidez de la actora

¿Qué se resolvió?

La Cámara Federal de Mendoza confirmó la sentencia de primera instancia que hizo lugar a la demanda. Aplicó el criterio de la Corte Suprema en "Elliff" para el cálculo de la prestación base universal (PBU) y estableció que a partir de marzo de 2009 se aplicará el índice combinado previsto en la Ley 26.417.

¿Cuáles son los fundamentos principales?


- El tribunal analizó que la sentencia de primera instancia no incurrió en un fallo "ultra petita" y se ajustó a las pretensiones de la demanda.
- Respecto al reajuste del haber inicial, se confirmó la aplicación del índice de salarios básicos de la industria y la construcción (ISBIC) conforme el precedente "Elliff" de la Corte Suprema.
- En cuanto a la Prestación Básica Universal (PBU), se dispuso su actualización por el índice de Salarios de Nivel General publicado por el INDEC, hasta la derogación de dicho sistema por la Ley 26.417, a partir de la cual se aplicará la movilidad prevista en esa norma.
- Se declaró la inconstitucionalidad del art. 3 del DNU 157/2018 y se impusieron las costas de la apelación a la demandada vencida.

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