JARA, GILDA ESTER c/ ADMINISTRACION NACIONAL DE LA SEGURIDAD SOCIAL (ANSES) s/AMPARO LEY 16.986
La actora promovió demanda de amparo para que se le reconozca el beneficio de pensión directa y se la incluya en el plan de pago de moratoria previsional. La Cámara Federal revocó la sentencia y rechazó la acción de amparo, pero ordenó a ANSES procurar la iniciación del trámite administrativo sin dilaciones.
¿Quién es el actor?
Gilda Ester Jara
¿A quién se demanda?
ANSES
¿Cuál es el objeto del reclamo?
Reconocimiento del beneficio de pensión directa y acceso al plan de pago de moratoria previsional
¿Qué se resolvió?
La Cámara Federal revocó la sentencia de primera instancia que había hecho lugar a la acción de amparo. Consideró que la vía de amparo era inadecuada porque la actora no había iniciado previamente el trámite administrativo ante ANSES. Sin embargo, ordenó a ANSES procurar la iniciación del trámite administrativo sin dilaciones, en cumplimiento de los principios de acceso a la justicia y tutela judicial efectiva de las personas mayores.
¿Cuáles son los fundamentos principales?
- La acción de amparo procede frente a acciones u omisiones arbitrarias que vulneren derechos constitucionales. En este caso, la falta de reglamentación de la ley 27.705 no constituye una omisión arbitraria hasta tanto ANSES rechace expresamente el beneficio.
- El reclamo administrativo previo es requisito para acceder a la vía judicial, a fin de dar a la administración la posibilidad de revisar el caso y promover el control de legitimidad de lo actuado.
- No obstante, en virtud de la Convención Interamericana sobre Derechos Humanos de las Personas Mayores, que exige ajustes de procedimiento para garantizar el acceso a la justicia, corresponde solicitar a ANSES que procure la iniciación del trámite administrativo sin dilaciones.
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