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FLORES RAMON ANGEL c/ ANSES s/REAJUSTES POR MOVILIDAD

El actor demandó por reajustes por movilidad. La Cámara Federal confirmó la sentencia que ordenó recalcular los haberes del actor aplicando el índice ISBIC para actualizar las remuneraciones.

Jurisprudencia de la csjn Movilidad Confiscatoriedad Reajuste previsional Ripte Isbic

Reajuste por movilidad de su haber jubilatorio

¿Qué se resolvió?

La Cámara Federal confirmó la sentencia que ordenó recalcular el haber inicial del actor aplicando el índice ISBIC, sin la limitación temporal establecida en la Resolución N° 140/95, para actualizar las remuneraciones devengadas hasta marzo de 2009. Respecto a la PBU, se determinó que la eventual procedencia de su actualización debería evaluarse en la etapa de liquidación. La Cámara señaló que la fijación del indicador de actualización es una cuestión relevante que tiene incidencia directa sobre el contenido económico de las prestaciones, y que el tribunal debe ajustarse a la jurisprudencia de la CSJN que ha establecido el uso del ISBIC para actualizar remuneraciones en ese período. Respecto al RIPTE, consideró que su establecimiento por decreto y resoluciones de la ANSES resulta inconstitucional.

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