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VALENZUELA , VICTORIANO c/ A.N.SE.S. s/REAJUSTES VARIOS

El actor promovió demanda por reajustes en su jubilación. La Cámara Federal de Posadas confirmó la sentencia que declaró la inaplicabilidad del tope jubilatorio por considerarlo confiscatorio.

Jubilacion Corte suprema de justicia de la nacion Reajuste Anses Confiscatoriedad Tope jubilatorio

Reajuste del beneficio jubilatorio N° 15-044408740, por considerar inaplicable el tope jubilatorio del art. 9 de la Ley 24.463

¿Qué se resolvió?

Se confirma la sentencia de primera instancia que hizo lugar a la demanda. El tribunal consideró que el descuento del 36,42% del haber jubilatorio por aplicación del tope legal resulta confiscatorio, por superar el 15% admitido por la jurisprudencia de la CSJN. En consecuencia, ordenó a ANSES el pago sin limitación y la restitución de las diferencias descontadas.

¿Cuáles son los fundamentos principales?


- La CSJN ha reiterado el deber de los tribunales inferiores de conformar sus decisiones a sus precedentes, salvo motivos valederos para apartarse.
- En el caso, el descuento aplicado al jubilado supera el 15% tolerado como tope confiscatorio.
- Corresponde confirmar la inaplicabilidad del tope legal para este caso en particular, sin perjuicio de su validez para la generalidad de los jubilados.
- Respecto a las costas, corresponde su imposición a la demandada vencida, conforme al nuevo criterio de la CSJN.

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