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MORALEZ, JUAN ANTONIO c/ ANSES s/REAJUSTES VARIOS

El actor reclamó el reajuste de su beneficio previsional. La Cámara Federal de Mendoza modificó la sentencia de primera instancia y declaró la inconstitucionalidad de las resoluciones que establecieron el índice RIPTE en lugar del ISBIC para el cálculo del haber inicial.

Costas Retroactividad Inconstitucionalidad Impuesto a las ganancias Reajuste Beneficio previsional Ripte Pbu Isbic


¿Quién es el actor?

MORALEZ, JUAN ANTONIO

¿A quién se demanda?

ANSES

¿Cuál es el objeto del reclamo?

Reajuste de beneficio previsional

¿Qué se resolvió?

La Cámara modificó la sentencia de primera instancia y declaró la inconstitucionalidad de las resoluciones de ANSES y la Secretaría de Seguridad Social que establecieron el índice RIPTE en lugar del ISBIC para el cálculo del haber inicial. Confirmó la retroactividad del beneficio al 27/05/2015 y la actualización de la PBU. Impuso costas a la demandada.

¿Cuáles son los fundamentos principales?


- Respecto al primer agravio, la Cámara confirmó la retroactividad del beneficio al 27/05/2015 al considerar acreditada la actividad insalubre del actor.
- En cuanto a la determinación del haber inicial, aplicó la doctrina del precedente "Elliff" sin la limitación temporal que pretendía ANSES.
- Declaró la inconstitucionalidad de las resoluciones que impusieron el índice RIPTE, en base a la doctrina de la CSJN en "Blanco".
- Confirmó la actualización de la PBU, aplicando la movilidad legal hasta la fecha de adquisición del derecho.
- Rechazó el agravio sobre la omisión de aplicar la doctrina "Villanustre", por considerarla inaplicable al régimen de la Ley 24.241.
- Confirmó la declaración de inconstitucionalidad del art. 2 de la Ley 27.426.
- Ordenó que el retroactivo esté exento del impuesto a las ganancias.
- Impuso las costas a la demandada vencida.

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