MOLINA, LUIS EDUARDO c/ ANSES s/REAJUSTES VARIOS
El actor promovió demanda contra ANSES por reajustes jubilatorios. La Cámara Federal de Mendoza modificó parcialmente la sentencia de primera instancia, declarando inconstitucional la fórmula de movilidad de la Ley N°27.609 y ordenando el recálculo del haber conforme el IPC.
Reajuste del haber jubilatorio y pago de sumas retroactivas
¿Qué se resolvió?
La Cámara modificó parcialmente la sentencia de primera instancia. Declaró inconstitucional el art. 2 de la Ley 27.426 y el art. 1 de la Ley 27.609. Ordenó el recálculo del haber inicial y la movilidad utilizando el IPC, y que se abone la diferencia si el resultado es mayor a lo percibido bajo la Ley 27.609.
¿Cuáles son los fundamentos principales?
- Respecto al haber inicial, el tribunal convalidó la aplicación del índice ISBIC y rechazó el uso del RIPTE, por ser una atribución exclusiva del Congreso.
- Sobre la movilidad, declaró inconstitucional la fórmula de la Ley 27.609 y ordenó el cálculo comparativo con el IPC, debiendo abonarse la diferencia si el resultado es mayor.
- Impuso las costas por su orden.
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