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GALVAN, PATRICIA GRACIELA c/ ANSES s/REAJUSTES VARIOS

La demandada ANSES apeló la sentencia que ordenó el reajuste del haber jubilatorio de la actora. La Cámara Federal de Mendoza modificó parcialmente la sentencia, revocando la declaración de inconstitucionalidad de los arts. 9 y 25 de la Ley 24.241 sobre topes.

Indice de actualizacion Ley 24 241 Exencion impuesto a las ganancias Moratoria previsional Reajuste jubilatorio Ley 26 417 Aportes autonomos Topes jubilatorios Aportes en relacion de dependencia


¿Quién es el actor?

Patricia Graciela Galván

¿A quién se demanda?

ANSES

¿Cuál es el objeto del reclamo?

Reajuste del haber jubilatorio

¿Qué se resolvió?

La Cámara hizo lugar parcialmente al recurso. Confirmó el reajuste del haber por servicios en relación de dependencia siguiendo la Ley 26.417 y la jurisprudencia de la CSJN ("Makler"). Respecto a los aportes autónomos, revocó la declaración de inconstitucionalidad de los arts. 9 y 25 de la Ley 24.241 sobre topes, siguiendo el precedente "Gualtieri" de la CSJN. Mantuvo la exención de Ganancias sobre los retroactivos y ordenó calcular los honorarios conforme la Ley 27.423. Fundamentos relevantes:
- Para el reajuste de haberes por servicios en relación de dependencia, deben aplicarse los índices de actualización previstos en la Ley 26.417.
- Los aportes autónomos deben actualizarse siguiendo un método legal diferente al de relación de dependencia, sin otorgar nuevas actualizaciones sobre aportes realizados mediante planes de moratoria.
- La CSJN declaró constitucionales los arts. 9 y 25 de la Ley 24.241 sobre topes, salvo que se acredite que privan de efectos a aportes efectivamente ingresados.
- Las costas se imponen a la parte vencida (ANSES) conforme el art. 36 de la Ley 27.423.

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