MARTENE, JUAN CARLOS c/ ESTADO NACIONAL ARGENTINO - MINISTERIO DE DEFENSA - EJERCITO ARGENTINO s/CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO-VARIOS
El actor promovió demanda para que la asignación de Suplemento Zona se considere remunerativa y bonificable en su haber de retiro. La Cámara Federal modificó la sentencia de primera instancia y dispuso que las costas se impongan en el orden causado.
¿Quién es el actor?
Juan Carlos MARTENE
¿A quién se demanda?
Ejército Argentino
¿Cuál es el objeto del reclamo?
Incorporar la asignación de Suplemento Zona como remunerativa y bonificable en el haber de retiro del actor.
¿Qué se resolvió?
Se revoca la imposición de costas a cargo del actor, disponiéndose que las mismas se impongan en el orden causado en ambas instancias.
¿Cuáles son los fundamentos principales?
"En ese sentido, considero que en atención a la naturaleza de la cuestión debatida, las circunstancias cambiantes en la forma de liquidar los suplementos en cuestión y además, que en el caso particular que nos ocupa la demanda se interpuso con fecha anterior al dictado de la sentencia de Corte en autos PICONE, JUAN BLAS PEDRO C/ ESTADO NACIONAL – MINISTERIO DE DEFENSA S/ SUPLEMENTOS FUERZAS ARMADAS Y DE SEGURIDAD" (Expte. 27470/2013/1/RH1), sentencia de fecha 04/10/2022, doctrina jurisprudencial a la que remitió el a quo para el rechazo de la demanda en primera instancia, connota que el accionante se ha visto en la necesidad de litigar y existió razón fundada para ello, lo que justifica que las costas de ambas instancias sean impuestas en el orden causado en esta oportunidad (conf. Art. 68 segundo párrafo CPCCN)."
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