CRICCO, DELIA MARIA c/ ANSES s/REAJUSTES VARIOS
La actora promovió demanda por reajuste de su haber jubilatorio. La Cámara Federal de Mendoza confirmó la sentencia de primera instancia y ordenó la aplicación del índice ISBIC sin limitación temporal y eximió al retroactivo del pago del impuesto a las ganancias.
¿Qué se resolvió en el fallo?
La actora es titular de un beneficio previsional desde el 14/12/2021 y cuestionó judicialmente el monto de su prestación. El juez de primera instancia le hizo lugar a su reclamo, ordenando la redeterminación del haber inicial aplicando el índice ISBIC sin límite temporal, tal como lo estableció la CSJN en el precedente "Elliff". La demandada ANSES apeló la sentencia, cuestionando la aplicación del índice ISBIC sin limitación, la eximición del pago del impuesto a las ganancias sobre el retroactivo, y la imposición de costas. La Cámara Federal de Mendoza confirmó la sentencia de primera instancia en cuanto a la aplicación del índice ISBIC sin limitación temporal, desestimó el cuestionamiento sobre la inaplicabilidad de la doctrina "Villanustre" y la afectación de los topes, y ratificó la eximición del pago del impuesto a las ganancias tanto sobre el capital como sobre los intereses del retroactivo. En cuanto a las costas, las impuso a la demandada vencida, de conformidad con lo establecido en el art. 36 de la Ley 27.423.
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