MINUTELLA, CARLOS ALBERTO c/ ANSES s/REAJUSTES VARIOS
El actor promovió demanda por reajuste de su haber jubilatorio. La Cámara Federal de Mendoza modificó la sentencia y declaró la inconstitucionalidad parcial de la fórmula de movilidad de la Ley N°27.609, ordenando su recálculo con el Índice de Precios al Consumidor.
Reajuste del haber jubilatorio
¿Qué se resolvió?
- Se declara la inconstitucionalidad del artículo 1 de la Ley N°27.609 que establecía la fórmula de movilidad.
- Se ordena a ANSES recalcular el haber jubilatorio del actor utilizando el Índice de Precios al Consumidor (IPC), hasta la entrada en vigencia del Decreto 274/2024 que adopta este criterio.
- Se confirma el rechazo a declarar la inconstitucionalidad de los artículos 9 y 25 de la Ley N°24.241.
- Se confirma la aplicación de la tasa pasiva del BCRA para el cálculo de intereses.
Principales fundamentos:
- La fórmula de movilidad de la Ley N°27.609 resultó insuficiente para mantener el poder adquisitivo de los haberes jubilatorios en un contexto de alta inflación, vulnerando la garantía constitucional de movilidad.
- Corresponde al tribunal establecer un mecanismo efectivo para conservar el valor económico de la obligación previsional, aplicando el IPC que refleja fielmente la evolución de los precios.
- No corresponde declarar la inconstitucionalidad de los artículos 9 y 25 de la Ley N°24.241 que limitan el cómputo del haber inicial a los aportes efectivamente realizados.
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