PEREZ, JUAN ANTONIO c/ ANSES s/REAJUSTES VARIOS
El actor demandó por reajuste de su jubilación. La Cámara Federal confirmó parcialmente la sentencia y declaró inconstitucional la aplicación retroactiva de la nueva ley de movilidad jubilatoria.
Reajuste de haber jubilatorio
¿Qué se resolvió?
La Cámara Federal confirmó parcialmente la sentencia de primera instancia que hizo lugar parcialmente a la demanda. Confirmó el recálculo del haber inicial por aportes en relación de dependencia y autónomos, la exención del impuesto a las ganancias, y la imposición de costas a la demandada. Declaró inconstitucional la aplicación retroactiva del art. 2 de la ley 27.426 sobre movilidad jubilatoria para el período julio-diciembre de 2017.
Fundamentos relevantes:
- Para el recálculo de aportes autónomos, se debe determinar el haber conforme la proporción entre las categorías aportadas y el haber mínimo al momento de la exigibilidad, siguiendo la doctrina de la CSJN en "Elliff".
- No procede la limitación del haber reajustado conforme la doctrina de "Villanustre", ya que ésta es aplicable al régimen de la ley 18.037 y no al de la ley 24.241.
- La aplicación retroactiva del art. 2 de la ley 27.426 sobre movilidad jubilatoria es regresiva respecto a la ley 26.417 y por ende inconstitucional.
- Se imponen las costas a la demandada vencida, conforme la ley 27.423 y el art. 68 del CPCCN.
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