ULLOA, HORACIO JORGE c/ AFIP s/AMPARO LEY 16.986
El actor, jubilado del sistema, logró que se declare la inconstitucionalidad del descuento del impuesto a las ganancias sobre su haber previsional. La Cámara Federal confirmó la sentencia por considerar que los beneficios previsionales se encuentran protegidos constitucionalmente y no pueden ser gravados con dicho tributo.
Declaración de inconstitucionalidad del descuento del impuesto a las ganancias sobre su haber previsional
¿Qué se resolvió?
El juez de primera instancia hizo lugar al reclamo y ordenó a la AFIP cesar el descuento y reintegrar los montos retenidos. La Cámara Federal confirmó dicha decisión. La Cámara Federal consideró que, si bien el Congreso tiene atribuciones para establecer impuestos como el de ganancias, este no puede gravar arbitrariamente los haberes previsionales de los jubilados, que cuentan con garantías constitucionales de integridad, proporcionalidad y sustitutividad. Siguiendo la doctrina sentada por la CSJN en el precedente "García", la Cámara entendió que no basta con la capacidad contributiva como criterio, sino que debe tenerse en cuenta la situación de vulnerabilidad de los jubilados. Por ello, confirmó la declaración de inconstitucionalidad de las normas que permiten el descuento sobre las prestaciones previsionales.
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