A., J. A. c/ INSSJYP s/AMPARO LEY 16.986
El amparista reclamó la prestación de la seguridad social. La Cámara Federal de Apelaciones confirmó la imposición de costas a la demandada al considerarla improcedente.
Amparo para obtener la prestación de seguridad social
¿Qué se resolvió?
La Cámara Federal de Apelaciones confirmó la sentencia que impuso las costas a la demandada. Señaló que el principio general en materia de amparos es la imposición de costas al vencido, salvo que se den las circunstancias previstas en el art. 14 de la Ley 16.986, las cuales no se configuraron en el caso. Además, indicó que el cumplimiento de la prestación por parte de la demandada no fue oportuno ni espontáneo, ya que surgió como consecuencia de la medida cautelar dictada, por lo que no correspondía la eximición de costas. Por último, consideró que los honorarios fijados al letrado de la parte actora se ajustaban a derecho.
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