M B., D. C. c/ ACA SALUD (ASOCIACION DE COOPERATIVAS ARGENTINAS) s/AMPARO LEY 16.986
La actora promovió acción de amparo contra la obra social ACA SALUD por negarle cobertura médica. La Cámara Federal revocó la sentencia de primera instancia y ordenó a la demandada reafiliarlo.
¿Quién es el actor?
Sra. M. B.
¿A quién se demanda?
ACA SALUD (ASOCIACIÓN DE COOPERATIVAS ARGENTINAS)
¿Cuál es el objeto del reclamo?
Reclamó la cobertura médica que le fue negada por la obra social al rescindir el contrato por supuesta omisión de informar una enfermedad preexistente.
¿Qué se resolvió?
La Cámara revocó la sentencia que rechazaba el amparo y ordenó a la obra social reafiliarlo, considerando que la falta de detección de la afección por parte de ACA SALUD fue imputable a la entidad, que no realizó un examen médico previo al momento de la afiliación.
¿Cuáles son los fundamentos principales?
- El derecho a la salud, relacionado con el derecho a la vida, tiene rango constitucional y debe ser protegido.
- La ausencia de examen médico previo por parte de la obra social y su posterior intento de rescindir el contrato por supuesta omisión, constituye un accionar arbitrario y negligente.
- No se acreditó que la afiliada haya obrado de mala fe al completar la declaración jurada, pues la interpretación de términos médicos puede llevar a errores involuntarios.
- En contratos de adhesión, el proveedor tiene la carga de determinar con precisión el alcance de la cobertura, por lo que no puede luego alegar desconocimiento de preexistencias.
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