S., D. H. c/ OSPEDYC s/AMPARO CONTRA ACTOS DE PARTICULARES
El actor promovió acción de amparo contra la obra social OSPEDYC por la baja de su afiliación luego de obtener el beneficio jubilatorio. La Cámara Federal confirmó la sentencia que ordenó a OSPEDYC mantener la afiliación del amparista, al considerar que la desafiliación fue arbitraria.
¿Quién es el actor?
D.H.S.
¿A quién se demanda?
OSPEDYC
¿Cuál es el objeto del reclamo?
Mantener la afiliación a OSPEDYC luego de obtener el beneficio jubilatorio
¿Qué se resolvió?
Se confirma la sentencia que hizo lugar al amparo, ordenando a OSPEDYC mantener la afiliación del actor.
¿Cuáles son los fundamentos principales?
- El actor acreditó que previo a la jubilación tenía afiliación a OSPEDYC junto a su cónyuge, y al obtener el beneficio, OSPEDYC le informó la baja de afiliación pese a que el actor manifestó su voluntad de continuar afiliado.
- La creación del INSSJP (PAMI) no implica el pase automático de los jubilados a dicho instituto, sino que requiere la opción voluntaria del beneficiario.
- Los decretos 292/95 y 492/95 no impiden que quienes ya gozaban de una cobertura puedan continuar en ella.
- La conducta de OSPEDYC de desafiliar unilateralmente al actor fue considerada arbitraria, privándolo de su derecho a la salud y a la libre elección de obra social.
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