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T; J. H. c/ OBRA SOCIAL UNION PERSONAL CIVIL DE LA NACION s/PRESTACIONES MEDICAS

El actor promovió acción de amparo para mantener su afiliación a la obra social UPCN. La Cámara Federal revocó la sentencia de primera instancia y ordenó a la demandada restablecer la afiliación del amparista.

Obra social Derecho a la salud Amparo Pami Afiliacion Jubilados

¿Qué se resolvió en el fallo?

El actor, jubilado, demandó a la obra social UPCN (Unión Personal Civil de la Nación) para que se le permitiera mantener su afiliación al "plan classic" luego de acceder a la jubilación. Relata que tras obtener el beneficio jubilatorio, UPCN dio de baja su afiliación y lo afilió de manera compulsiva al PAMI, por lo que debió contratar un plan superador de UPCN llamado "Accord Salud Plan Dorado" para mantener la cobertura médica. El actor manifestó su voluntad de permanecer afiliado a UPCN, pero la demandada rechazó su petición. La Cámara Federal revocó la sentencia de primera instancia que había rechazado el amparo. Consideró que la creación del INSSJP no implicó el traspaso automático de los jubilados a dicho instituto, siendo necesaria la "opción" voluntaria de los interesados. Entendió que el actor ejerció fehacientemente su voluntad de mantener la afiliación a UPCN, por lo que correspondía ordenar a la demandada a restablecer dicha afiliación sin el pago de aranceles adicionales.

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