ANDERSEN, NESTOR ALEJANDRO Y OTRO c/ ESTADO MAYOR GENERAL DE LA ARMADA s/DIFERENCIAS SALARIALES
El personal militar accionó para que se incorporen al concepto de sueldo ciertos adicionales. La Cámara Federal confirmó parcialmente la sentencia de primera instancia y ordenó abonar los adicionales hasta la vigencia de su supresión.
Incorporación al concepto de sueldo de los adicionales determinados en los Decretos 1104/05, 1095/06, 871/07, 1053/08 y 751/09
¿Qué se resolvió?
Se confirma parcialmente la sentencia de primera instancia, ordenando incorporar al sueldo de los actores los adicionales reclamados, hasta el 01/08/2012 cuando entraron en vigencia las normas que los suprimieron.
¿Cuáles son los fundamentos principales?
- Los adicionales creados por los decretos tienen carácter general, por lo que deben incorporarse al concepto de sueldo según lo dispuesto en el art. 54 de la Ley 19.101.
- La Corte Suprema reconoció el carácter general de dichos adicionales en los precedentes "Salas" y "Zanotti".
- Corresponde aplicar las pautas fijadas por la Corte para el cálculo de las sumas adeudadas.
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