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V., M. L. (EN REPRESENTACION DE A JH) c/ ACCORD SALUD s/AMPARO LEY 16.986

La madre en representación de su hijo menor con discapacidad promovió acción de amparo contra la obra social buscando cobertura integral de la prestación de acompañante terapéutico. La Cámara Federal revocó parcialmente la sentencia de primera instancia y ordenó a la obra social brindar la cobertura integral de la prestación.

Obra social Discapacidad Salud Amparo Cobertura integral Acompanante terapeutico


¿Quién es el actor?

M.L.V. en representación de su hijo menor A.J.H.

¿A quién se demanda?

ACCORD SALUD

¿Cuál es el objeto del reclamo?

Cobertura integral de la prestación de acompañante terapéutico para el menor con síndrome de Down y trastorno del espectro autista.

¿Qué se resolvió?

La Cámara revocó parcialmente la sentencia de primera instancia que había limitado la cobertura a los valores que la obra social abona a sus propios prestadores. La Cámara ordenó a la obra social brindar la cobertura integral de la prestación de acompañante terapéutico al 100%, sin la limitación dispuesta en primera instancia. La Cámara destacó que el derecho a la salud del menor está ampliamente protegido por normas constitucionales y convencionales, y que la ley 24.901 establece que las obras sociales deben brindar una cobertura integral de las prestaciones a las personas con discapacidad.

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