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B; A. M. c/ OSDE s/AMPARO LEY 16.986

La actora promovió acción de amparo contra OSDE por cobertura de cuidador domiciliario. La Cámara Federal confirmó la sentencia que hizo lugar al amparo, al considerar arbitraria la negativa de la obra social.

Arbitrariedad Obra social Personas con discapacidad Amparo Cuidador domiciliario Ley 22 431


¿Quién es el actor?

A.M.B.

¿A quién se demanda?

OSDE

¿Cuál es el objeto del reclamo?

Cobertura de cuidador domiciliario

¿Qué se resolvió?

La Cámara Federal de Apelaciones confirmó la sentencia de primera instancia que hizo lugar a la acción de amparo promovida por la actora. Los fundamentos principales son:
- La obra social cuestionó que la ley 24.901 no incluye la prestación de cuidador domiciliario, y que debe existir indicación médica previa.
- Sin embargo, el tribunal consideró que la conducta de OSDE fue arbitraria, ya que la actora se encuentra amparada por la ley 22.431 de protección integral de personas con discapacidad, lo que extiende las obligaciones de la obra social más allá del Programa Médico Obligatorio (PMO).
- Además, el tribunal consideró que la interposición de la demanda fue indispensable para que la actora obtuviera el reconocimiento de su derecho, por lo que la negativa previa de OSDE constituyó un acto arbitrario.

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