T., V. A. c/ HOSPITAL BRITANICO DE BUENOS AIRES ASOCIACION CIVIL s/AMPARO LEY 16.986
La actora promovió acción de amparo para obtener la cobertura integral del servicio de acompañante terapéutico para su hija con discapacidad. La Cámara Federal confirmó la sentencia que ordenó a la obra social brindar dicha cobertura.
Cobertura integral del servicio de acompañante terapéutico para la hija con diagnóstico de "Trastorno del desarrollo del habla y del lenguaje no especificado, Autismo en la Niñez, Retardo del Desarrollo"
¿Qué se resolvió?
Se confirmó la sentencia de primera instancia que ordenó a la demandada brindar la cobertura integral de la prestación de acompañante terapéutico.
¿Cuáles son los fundamentos principales?
- El derecho a la salud y la vida es un derecho humano fundamental que debe ser garantizado.
- La normativa sobre derechos de las personas con discapacidad y niños obliga a proveer las prestaciones necesarias para su desarrollo.
- La obra social no acreditó haber evaluado adecuadamente la necesidad de la prestación por un equipo interdisciplinario, ni ofreció dicha evaluación.
- La prescripción médica de acompañante terapéutico es suficiente, sin requerir mayor control administrativo.
- Las costas deben imponerse a la vencida por ser su conducta la que motivó el reclamo judicial.
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