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SCARPELLI, CARLOS ALBERTO c/ ANSES s/PENSIONES

Exempaleado de empresa minera cerrada hace más de 20 años reclama jubilación por ley especial. La Cámara confirma que no cumple requisito de domicilio, pero lo considera contrario a la finalidad de la norma.

Interpretacion restrictiva Jubilacion Ley 25 995 Hipasam Requisito domicilio Finalidad de la norma

Otorgamiento de beneficio jubilatorio conforme Ley 25.995 para trabajadores de la ex empresa Hierros Patagónicos SA Minera (HIPASAM)

¿Qué se resolvió?

La Cámara Federal confirma la sentencia de primera instancia que otorgó el beneficio jubilatorio al actor, pese a que no cumplía el requisito de domicilio establecido en la ley, por considerar que una interpretación restrictiva del mismo sería contraria a la finalidad de la norma de brindar cobertura previsional a quienes perdieron su empleo.

¿Cuáles son los fundamentos principales?

La Cámara señala que si bien la ley 25.995 es de interpretación restrictiva, exigir al actor que continúe radicado en un radio cercano a la empresa minera que cerró hace más de 20 años, llevaría a un exceso de rigor incompatible con la finalidad de la norma de brindar cobertura previsional. Cita jurisprudencia de la CSJN que indica que el apego excesivo al texto de la norma sin apreciar las circunstancias particulares, no se aviene con la cautela con que los jueces deben juzgar las peticiones vinculadas a materia previsional.

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