(S/1) VALLEJOS, SERGIO FABIAN c/ CAJA DE R.JYP. DE LA POLICIA FEDERAL LEY 13593 s/AMPARO LEY 16.986
Trabajador policial promovió amparo para que se le adicione suplemento por zona en su haber previsional. La Cámara Federal de Apelaciones confirmó la decisión que hizo lugar al reclamo.
Que se adicione el suplemento por zona establecido en la Ley 19.485 al haber previsional del actor.
¿Qué se resolvió?
La Cámara Federal de Apelaciones confirmó la sentencia que hizo lugar al amparo. Sostuvo que el actor, al estar comprendido entre los beneficiarios de la Ley 19.485, tiene derecho a que se le liquide dicho suplemento en su haber jubilatorio. Rechazó los agravios de la demandada respecto a la improcedencia del adicional y al cumplimiento de la sentencia.
- Fundamentación: "Como sucede aquí, quien acciona –que demostró de manera fehaciente su residencia
- está comprendido entre los beneficiarios de la ley 19.485, en su redacción actual dada por el decreto 1472/08, y su haber de retiro (sea por jubilación o pensión) no incluye la liquidación del adicional por zona que cobraba cuando estaba en actividad". Respecto a la forma de cumplimiento, "no se pretende obtener el pago de retroactivos de sumas de dinero, sino solo la incorporación del suplemento, por lo que ninguna incidencia tienen las normas referidas en este caso".
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