GRANJA TRES ARROYOS S.A.C.A.FE.I. c/ MUNICIPALIDAD DE LA CIUDAD DE CORRIENTES s/ACCION MERE DECLARATIVA DE INCONSTITUCIONALIDAD
La empresa Granja Tres Arroyos SACAFEI promovió acción declarativa de inconstitucionalidad contra la tasa por servicio de inspección sanitaria bromatológica impuesta por la Municipalidad de Corrientes. La Cámara Federal de Apelaciones confirmó la sentencia que declaró la inconstitucionalidad de dicha tasa municipal.
¿Quién es el actor?
Granja Tres Arroyos SACAFEI
¿A quién se demanda?
Municipalidad de la Ciudad de Corrientes
¿Cuál es el objeto del reclamo?
Acción declarativa de inconstitucionalidad contra los arts. 171 a 175 de la Ordenanza Tributaria N° 6525 que establecen la "Tasa por servicio de inspección sanitaria bromatológica"
¿Qué se resolvió?
La Cámara Federal de Apelaciones confirmó la sentencia de primera instancia que declaró la inconstitucionalidad de la tasa municipal impugnada.
Principales fundamentos:
- La tasa municipal impugnada constituye una restricción a la libre circulación de mercaderías, en violación de los arts. 9 a 11 y 75 inc. 13 de la Constitución Nacional.
- El Municipio se excede en sus facultades regulatorias, invadiendo competencias exclusivas del Estado Nacional en materia de control sanitario de alimentos conforme al Código Alimentario Argentino y normas reglamentarias.
- La actividad de "inspección o re-inspección" realizada por el Municipio no se condice con un servicio efectivo que justifique la percepción de la tasa, constituyendo un mero fin recaudatorio.
- No corresponde al Municipio imponer un "doble control" sobre mercaderías que ya han sido objeto de fiscalización por parte de los organismos nacionales competentes.
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