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LANDAIDA, TRANSITO ASUNCION c/ CAJA DE RETIROS, JUBILACIONES Y PENSIONES DE LA POLICIA FEDERAL s/AMPARO LEY 16.986

La Caja de Retiros, Jubilaciones y Pensiones de la Policía Federal apeló la sentencia que admitió el amparo y ordenó adicionar al haber previsional de la actora el suplemento establecido por la Ley 19.485. La Cámara Federal confirmó la decisión de primera instancia.

Honorarios Amparo Policia federal Residencia Suplemento Ley 19 485


¿Quién es el actor?

Tránsito Asunción Landaida

¿A quién se demanda?

Caja de Retiros, Jubilaciones y Pensiones de la Policía Federal

¿Cuál es el objeto del reclamo?

Reclamo de adicionar al haber previsional el suplemento de la Ley 19.485

¿Qué se resolvió?

La Cámara Federal rechazó el recurso de apelación de la demandada y confirmó la sentencia que hizo lugar al amparo. La Cámara Federal señaló que, como en este caso, la falta de abono del suplemento previsto en la Ley 19.485 configura un incumplimiento continuado que traslada sus efectos a la última mensualidad, por lo que no opera el plazo de caducidad del amparo. Además, la vía del amparo estaba habilitada porque la negativa a pagar dicho suplemento implica una decisión manifiestamente ilegal. Respecto al fondo, la Cámara consideró que la actora está comprendida entre los beneficiarios de la Ley 19.485 y su haber no incluye el adicional por zona que cobraba en actividad. En cuanto a los honorarios, la Cámara los consideró adecuados y rechazó los demás cuestionamientos de la demandada, manteniendo las costas en el orden causado.

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