BRITOS, CARLOS ANTONIO c/ ADMINISTRACION FEDERAL DE INGRESOS PUBLICOS (AFIP) s/CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO-VARIOS
El actor, jubilado, reclamó la inconstitucionalidad del Impuesto a las Ganancias aplicado a su haber previsional. La Cámara Federal revocó la sentencia y declaró la inconstitucionalidad de la norma, ordenando la devolución de lo retenido.
Declaración de inconstitucionalidad del Impuesto a las Ganancias aplicado a la jubilación del actor y devolución de lo pagado.
¿Qué se resolvió?
La Cámara revocó la sentencia que había declarado abstracta la demanda, y en su lugar declaró la inconstitucionalidad del artículo 82 inc. c) de la Ley de Impuesto a las Ganancias, en cuanto establece la jubilación como hecho imponible. Ordenó el cese de las retenciones y la devolución de lo abonado desde enero de 2016, con intereses desde el reclamo administrativo.
¿Cuáles son los fundamentos principales?
La Cámara consideró que al tratarse de un jubilado, el análisis debe realizarse a la luz de la normativa vigente al momento de la demanda, incluyendo la Ley 27.617. Corresponde a la AFIP acreditar que el actor se ha visto efectivamente beneficiado por un trato diferencial por su condición de jubilado, lo que no hizo. Por lo tanto, debe declararse la inconstitucionalidad de la norma en cuestión.
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