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VALLEJOS, ARGENTINO PATRICIO c/ EMPRESA NACIONAL DE TELECOMUNICACIONES - ENTEL- ENTE RESIDUAL Y OTRO s/

El actor promovió demanda por indemnización por accidente de trabajo. La Cámara Federal de Corrientes modificó la sentencia y ordenó la responsabilidad solidaria de Entel y Telecom por el pago de la indemnización.

Indemnizacion Accidente de trabajo Consolidacion de deudas Privatizacion Solidaridad entre empresas


¿Quién es el actor?

Vallejos Argentino Patricio
- Demandados: Empresa Nacional de Telecomunicaciones (Entel) y Telecom S.A.

¿Cuál es el objeto del reclamo?

Indemnización por accidente de trabajo

¿Qué se resolvió?

La Cámara Federal de Corrientes:
- Rechazó la excepción de falta de legitimación pasiva opuesta por Telecom S.A.
- Hizo lugar a la demanda y condenó solidariamente a Entel y Telecom al pago de la indemnización
- Ordenó actualizar el monto de condena y aplicar intereses según una fórmula detallada Fundamentos relevantes:
- El art. 42 de la Ley 23.696 establece que durante el proceso de privatización el trabajador seguirá amparado por las instituciones del derecho laboral, por lo que Telecom es solidariamente responsable con Entel.
- Los arts. 225 a 228 de la LCT imponen la solidaridad entre el transmitente y el adquirente en caso de transferencia de un establecimiento.
- El crédito por accidente laboral se encuentra alcanzado por el régimen de consolidación de deudas de las Leyes 23.982, 25.344 y 25.725.

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