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LESCANO, HORACIO ROBERTO c/ ADMINISTRACION FEDERAL DE INGRESOS PUBLICOS - A.F.I.P. s/REPETICIÓN

El actor promovió demanda de repetición contra la AFIP. La Cámara Federal de Apelaciones modificó la sentencia de primera instancia y dispuso que los intereses sobre las sumas a reintegrarse se calculen desde la fecha del reclamo administrativo.

Intereses Ley 27 423 Honorarios profesionales Repeticion Impuesto a las ganancias Tasa pasiva Ley 11 683


¿Quién es el actor?

Horacio Roberto Lescano

¿A quién se demanda?

Administración Federal de Ingresos Públicos (AFIP)

¿Cuál es el objeto del reclamo?

Repetición de sumas retenidas indebidamente en concepto de impuesto a las ganancias.

¿Qué se resolvió?

La Cámara modificó la sentencia de primera instancia. Dispuso que los intereses sobre las sumas a reintegrar se calculen desde la fecha del reclamo administrativo (art. 179 Ley 11.683), en lugar de desde cada retención. También dejó sin efecto la regulación de honorarios y ordenó al juez de grado practicar una nueva regulación conforme a las pautas de la Ley 27.423.

¿Cuáles son los fundamentos principales?

La Cámara consideró que en una acción de repetición, la base para regular los honorarios debe ser el monto por el cual prosperó la demanda, actualizado, siguiendo las escalas previstas en el art. 21 de la Ley 27.423. Asimismo, los intereses deben computarse desde la fecha del reclamo administrativo, tal como lo dispone el art. 179 de la Ley 11.683.

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