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PEREZ, RICARDO JOSE c/ A.N.S.E.S. s/REAJUSTES VARIOS

El actor promovió demanda contra ANSES por reajuste de su haber previsional. La Cámara Federal de Apelaciones de Córdoba confirmó la sentencia de primera instancia que ordenó el recálculo del haber inicial.

Costas Seguridad social Aportes autonomos Reajuste de haberes previsionales Isbic Planes de moratoria

Reajuste del haber previsional

¿Qué se resolvió?

La Cámara Federal de Apelaciones de Córdoba confirmó la sentencia de primera instancia que ordenó a ANSES el recálculo y reajuste del haber previsional del actor, de acuerdo a los lineamientos expuestos en la sentencia. La Cámara consideró que corresponde aplicar el índice ISBIC para la actualización de las remuneraciones en relación de dependencia, siguiendo la doctrina establecida por la CSJN en el fallo "Elliff". Respecto a los aportes autónomos, deben considerarse todos los años y categorías efectivamente aportadas, según la doctrina fijada en "Makler" y "Tognon". Para los aportes realizados mediante planes de moratoria o SICAM, no corresponde actualización alguna. En cuanto a las costas, la Cámara confirmó la imposición a la demandada, en base a la doctrina jurisprudencial que declaró la inconstitucionalidad del art. 21 de la Ley 24.463.

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