M., A. Y OTRO c/ AMPJBON s/PRESTACIONES FARMACOLÓGICAS
La actora promovió acción de amparo para obtener cobertura de prestación farmacológica. La Cámara Nacional de Apelaciones modificó la sentencia de primera instancia y ordenó imponer las costas a la demandada vencida.
Cobertura total e integral de la provisión de leche medicamentosa "Nutramigen LGG" para el tratamiento de la patología de su hija "alergia a la proteína de la leche de vaca (A.P.L.V.)".
¿Qué se resolvió?
La Cámara modificó la sentencia de primera instancia y ordenó imponer las costas a la demandada vencida, ya que consideró que la conducta de la obra social al no brindar la cobertura completa inicialmente obligó a la actora a promover la acción de amparo para obtener la tutela de sus derechos.
¿Cuáles son los fundamentos principales?
"Como norma general las costas deben imponerse al vencido porque quien hace necesaria la intervención del tribunal por su conducta, su acción u omisión, debe soportar el pago de los gastos que la contraparte ha debido realizar en defensa de su derecho". Si bien el art. 14 de la Ley N°16.986 prevé una excepción al principio general en materia de costas en el amparo, debe interpretarse armónicamente con las restantes normas del ordenamiento jurídico y las circunstancias particulares de cada caso.
Ver fallo completo
Para acceder al fallo completo, ingresa tu email: