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LUTRI, MARIA c/ ESTADO NACIONAL-MINISTERIO DE SEGURIDAD- GENDARMERIA s/SUPLEMENTOS FUERZAS ARMADAS Y DE SEGURIDAD

La actora promovió demanda reclamando que ciertos suplementos salariales le sean reconocidos como remunerativos y bonificables. La Cámara Federal de Apelaciones modificó parcialmente la sentencia de primera instancia para que la liquidación de los suplementos se realice de acuerdo a los parámetros fijados por la Corte Suprema en el precedente Zanotti.

Gendarmeria nacional Fuerzas de seguridad Suplementos salariales Haberes de retiro Precedente zanotti Criterio de liquidacion

¿Qué se resolvió en el fallo?

La Sra. Lutri demandó al Estado Nacional
- Ministerio de Seguridad
- Gendarmería Nacional Argentina reclamando que ciertos suplementos salariales regulados por los Decretos 1307/12, 246/13 y 854/13 le sean liquidados como remunerativos y bonificables, e incorporados a sus haberes de retiro. El Juez de primera instancia hizo lugar a la demanda. La Cámara Federal de Apelaciones modificó parcialmente la sentencia, ordenando que al momento de efectuarse la liquidación de los suplementos reconocidos, se confeccionen de acuerdo a los parámetros dados por la CSJN en el precedente "Zanotti", a fin de mantener la debida proporcionalidad entre el haber de retiro y el de actividad. En lo demás, confirmó la sentencia apelada.

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