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FALCONI, ERNESTO AMERICO c/ ESTADO NACIONAL - MINISTERIO DE DEFENSA - EJERCITO ARGENTINO s/SUPLEMENTOS FUERZAS ARMADAS Y DE SEGURIDAD

El actor promovió demanda para que el Suplemento Zona del Ejército Argentino sea considerado remunerativo y bonificable para el cálculo de su haber de retiro. La Cámara Federal de Apelaciones modificó la sentencia y ordenó que las costas de primera instancia sean impuestas en el orden causado.

Costas Orden causado Seguridad social Fuerzas armadas Haber de retiro Suplemento zona Bonificable Remunerativo


¿Quién es el actor?

Ernesto Américo Falconi

¿A quién se demanda?

Estado Nacional
- Ministerio de Defensa
- Ejército Argentino

¿Cuál es el objeto del reclamo?

Reclamar que el "Suplemento Zona" sea considerado remunerativo y bonificable para el cálculo del haber de retiro

¿Qué se resolvió?

La Cámara Federal de Apelaciones modificó la sentencia de primera instancia y ordenó que las costas de primera instancia sean impuestas en el orden causado.

¿Cuáles son los fundamentos principales?


- La Corte Suprema de Justicia de la Nación, en los precedentes "Bovarí de Díaz" y "Villegas, Osiris", estableció que el "Suplemento Zona" no tiene carácter remunerativo y bonificable porque no es otorgado a la totalidad del personal militar en actividad.
- Si bien el principio general es que las costas deben ser soportadas por la parte vencida, en este caso corresponde apartarse de dicho principio debido a que la interpretación de la normativa era compleja y la actora pudo creer tener derecho a litigar, aplicando así el art. 36 de la Ley 27.423 que establece que en causas de seguridad social las costas se impondrán en el orden causado cuando los jubilados resulten vencidos.

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