Incidente Nº 1 - ACTOR: A.F.I.P. DEMANDADO: GONZALEZ, JUAN CARLOS s/INC APELACION
La AFIP solicitó embargo preventivo por deuda presunta del Aporte Solidario y Extraordinario. La Cámara Federal confirmó la medida cautelar tras considerar acreditados los requisitos de verosimilitud del derecho y peligro en la demora.
¿Quién es el actor?
AFIP
¿A quién se demanda?
Juan Carlos González
¿Cuál es el objeto del reclamo?
Solicitud de embargo preventivo por deuda presunta de $ 18.158.982,70 en concepto de "Aporte Solidario y Extraordinario para ayudar a morigerar los efectos de la pandemia" (Ley 27.605).
¿Qué se resolvió?
La Cámara Federal confirmó el embargo preventivo ordenado por el juez de primera instancia, considerando acreditados los requisitos de verosimilitud del derecho y peligro en la demora. Se destaca que el demandado ofreció posteriormente la sustitución de la inhibición por embargo sobre un bien registrable suficiente, lo cual fue aceptado por la AFIP.
Fundamentos relevantes:
- La verosimilitud del derecho surge del certificado de deuda presunta emitido por la AFIP, sin que se haya acreditado la falsedad de dicho instrumento.
- El peligro en la demora se configura por la falta de pago del aporte y la presentación posterior de la declaración de bienes por el demandado, demostrando la necesidad de la medida cautelar para evitar la frustración de la percepción del crédito fiscal.
- La medida cautelar resulta idónea y necesaria para la protección del interés público, siendo razonable en relación al fin a alcanzar.
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