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DAGATTI, EVELIO CARLOS c/ AN.SE.S s/REAJUSTES VARIOS

La demandada impugnó por vía extraordinaria la sentencia que confirmó la aplicación del régimen general de costas previsto en el CPCCN. La Cámara desestimó el recurso por cuestiones procesales.

Recurso extraordinario Costas Arbitrariedad Gravedad institucional Cpccn Ley 24 463 Regimen procesal

¿Qué se resolvió en el fallo?

El demandado, ANSES, interpuso recurso extraordinario contra la sentencia dictada por la Cámara Federal de Apelaciones de Córdoba, Sala A, que confirmó la aplicación del régimen general de costas del CPCCN y no del art. 21 de la Ley 24.463. La Cámara desestimó el recurso extraordinario por considerar que la revisión de cuestiones procesales como la imposición de costas no es permitida por la Corte Suprema, citando diversos precedentes jurisprudenciales al respecto. Además, señaló que el tribunal superior ya se había pronunciado declarando la inconstitucionalidad del art. 21 de la Ley 24.463 sobre costas en materia previsional. Finalmente, la Cámara concluyó que en el caso no se configuraba la causal de gravedad institucional invocada por la demandada para habilitar el recurso extraordinario.

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