GUZMAN, OSVALDO RENE c/ ADMINISTRACION FEDERAL DE INGRESOS PUBLICOS - A.F.I.P. s/ACCION MERAMENTE DECLARATIVA DE INCONSTITUCIONALIDAD
El actor promovió demanda por inconstitucionalidad del impuesto a las ganancias sobre su prestación previsional. La Cámara Federal de Apelaciones revocó parcialmente la sentencia de primera instancia y ordenó el reintegro del impuesto retenido en los últimos 5 años, con intereses a partir de la interposición de la demanda.
¿Quién es el actor?
Osvaldo Rene Guzman
¿A quién se demanda?
Administración Federal de Ingresos Públicos (AFIP)
¿Cuál es el objeto del reclamo?
Acción declarativa de inconstitucionalidad del impuesto a las ganancias sobre la prestación previsional del actor
¿Qué se resolvió?
- El Juzgado de Primera Instancia hizo lugar a la demanda y declaró la inconstitucionalidad de las normas cuestionadas, ordenando a la AFIP abstenerse de descontar el impuesto a las ganancias y restituir los montos retenidos en los últimos 5 años, con intereses desde cada retención.
- La Cámara revocó parcialmente la sentencia. Ordenó el reintegro de los montos retenidos en los últimos 5 años previos a la demanda, pero con intereses sólo a partir de la interposición de la demanda, conforme el art. 179 de la Ley 11.683.
- La Cámara consideró que correspondía el reintegro de los períodos no prescriptos, aunque no se haya iniciado acción de repetición, y que los intereses deben computarse desde la interposición de la demanda, excepto por las retenciones posteriores a ella, que devengarán intereses desde cada retención.
¿Cuáles son los fundamentos principales?
- El art. 179 de la Ley 11.683 establece que en los casos de repetición de tributos, los intereses comienzan a correr desde la interposición de la demanda.
- Jurisprudencia de la Cámara Contencioso Administrativa Federal avala este criterio.
- El cómputo de intereses desde cada retención sólo se aplica a las realizadas con posterioridad a la demanda.
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