A., F.J Y OTROS c/ OBRA SOCIAL DEL PODER JUDICIAL DE LA NACION s/AMPARO CONTRA ACTOS DE PARTICULARES
El actor promovió demanda de amparo por cobertura integral de trasplante autólogo de médula ósea. La Cámara Federal modifica la sentencia de primera instancia y declara inoficioso el tratamiento de la acción.
¿Qué se resolvió en el fallo?
El actor F.J.A. promovió acción de amparo contra la Obra Social del Poder Judicial de la Nación (OSPJN) solicitando la cobertura integral del trasplante autólogo de médula ósea y los tratamientos relacionados, tras ser diagnosticado con mieloma múltiple. El juez de primera instancia hizo lugar al amparo. La OSPJN apeló la sentencia, alegando que autorizó previamente la cobertura del trasplante, antes de que se dictara la medida cautelar. La Cámara Federal revocó la sentencia de primera instancia y declaró inoficioso el tratamiento de la acción de amparo, imponiendo las costas del proceso en el orden causado, al haber cesado la omisión que dio origen al amparo antes de la contestación del informe del art. 8 de la Ley 16.986. Además, confirmó la regulación de honorarios mínimos a favor de los letrados de la parte actora.
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