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OLLOCCO, RAUL ANTONIO c/ ANSES s/REAJUSTES POR MOVILIDAD

El actor promovió demanda por reajuste del haber previsional. La Cámara Federal de Apelaciones de Córdoba modificó la sentencia de primera instancia aplicando el índice ISBIC para actualizar las remuneraciones hasta febrero de 2009 y luego la Ley 26.417, confirmando la exención del impuesto a las ganancias.

Costas Impuesto a las ganancias Movilidad Reajuste previsional Ley 26 417 Isbic


¿Quién es el actor?

Raúl Antonio Ollocco

¿A quién se demanda?

ANSES

¿Cuál es el objeto del reclamo?

Reajuste del haber previsional por movilidad

¿Qué se resolvió?

La Cámara modificó la sentencia de primera instancia, aplicando el índice ISBIC para actualizar las remuneraciones hasta febrero de 2009 y luego la Ley 26.417, confirmando la exención del impuesto a las ganancias. La Cámara señaló que la cuestión sobre la aplicación del RIPT en lugar del ISBIC ya había sido resuelta en precedentes, debiendo confirmarse el criterio del fallo "Elliff" de la CSJN. Asimismo, confirmó la exención del impuesto a las ganancias conforme al precedente "García, María Isabel" de la CSJN. Por último, impuso las costas de la alzada a la demandada perdidosa.

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