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MALDONADO, BRIGIDO RAMON c/ ANSES s/REAJUSTES POR MOVILIDAD

El actor promovió demanda por reajustes de su haber previsional. La Cámara Federal de Apelaciones modificó la sentencia y dejó sin efecto la aplicación de oficio de la prescripción, declaró la inconstitucionalidad de una ley y ordenó el recálculo del haber.

Prescripcion Inconstitucionalidad Movilidad Ley 27 541 Reajuste jubilatorio Ley 26 417 Ley 27 426 Villanustre


¿Quién es el actor?

Brigido Ramón Maldonado

¿A quién se demanda?

ANSES

¿Cuál es el objeto del reclamo?

Reajustes por movilidad del haber previsional

¿Qué se resolvió?

La Cámara revocó parcialmente la sentencia de primera instancia. Dejó sin efecto la aplicación de oficio de la prescripción prevista en el art. 82 de la Ley 18.037, declaró la inconstitucionalidad del art. 2 de la Ley 27.426 y ordenó determinar el ajuste del haber de marzo 2018 conforme a la Ley 26.417. Confirmó lo demás. Los fundamentos principales fueron:
- El juez no puede declarar de oficio la prescripción, debe ser opuesta por la parte interesada.
- Se confirma la aplicación del precedente "Villanustre" para limitar el haber máximo.
- Se declara la inconstitucionalidad del art. 2 de la Ley 27.426 sobre movilidad, debiéndose aplicar la fórmula de la Ley 26.417.
- Se difiere el planteo de inconstitucionalidad de la Ley 27.541 y los decretos sobre movilidad para la etapa de liquidación.

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