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Incidente Nº 3 - ACTOR: P, A DEMANDADO: OSDE Y OTRO s/INCIDENTE

Una jubilada reclama el mantenimiento de su afiliación a la obra social, y la Cámara Federal confirma la decisión que ordenó a las obras sociales reestablecerla en las mismas condiciones que previo a su jubilación.

Obra social Derecho a la salud Amparo Afiliacion Jubilado

Mantenimiento de afiliación a OSDE/OSCOMM en las mismas condiciones previas a la jubilación

¿Qué se resolvió?

La Cámara Federal confirmó la sentencia que hizo lugar al amparo, ordenando a las obras sociales restablecer la afiliación de la actora en los términos que gozaba antes de jubilarse. La normativa aplicable establece que la transferencia de los jubilados a PAMI no es automática, sino que requiere una manifestación expresa de voluntad del beneficiario. Dado que la actora mantuvo su voluntad de permanecer afiliada a OSDE/OSCOMM, la interrupción unilateral de su cobertura por parte de las obras sociales fue considerada arbitraria.

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