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C., G. R. Y OTROS c/ INSSJP PAMI s/LEYES ESPECIALES (diabetes, cáncer,fertilidad

La actora promovió acción de amparo para que se ordene afiliar a sus hijos con discapacidad al PAMI. La Cámara Federal de Apelaciones confirmó la sentencia que hizo lugar a la acción y ordenó la afiliación de los hijos.

Derecho a la salud Personas con discapacidad Cobertura medica Pami Accion de amparo Pension no contributiva

¿Qué se resolvió en el fallo?

La señora C.G.R., en nombre y representación de sus hijos P.L.L. y P.E.A, con discapacidad por retraso mental moderado, promovió acción de amparo contra el PAMI para que se ordene afiliar a sus hijos. El PAMI rechazó la afiliación en base al art. 10 de la Resolución 1100/2006 que prohíbe afiliar a familiares que gocen de una pensión no contributiva. El juez de primera instancia hizo lugar a la acción de amparo, ordenó la afiliación de los hijos y declaró la inconstitucionalidad del art. 10 de la Resolución 1100/2006. El PAMI apeló, pero la Cámara Federal de Apelaciones confirmó la sentencia. Señaló que la negativa de afiliar a personas con discapacidad que reciben pensión no contributiva es irrazonable e inconstitucional, ya que implica exigirles renunciar a un beneficio para acceder a otro, lo cual es desproporcionado. Remarcó que el derecho a la salud es un derecho fundamental que debe ser garantizado.

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