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Incidente Nº 1 - ACTOR: T., M.F. DEMANDADO: ASOCIACION MUTUAL SANCOR SALUD Y OTRO s/INC APELACION

El actor solicitó la aclaratoria de una resolución que contenía un error material sobre el órgano encargado de transferir los aportes de obra social. La Cámara hizo lugar a la aclaratoria y corrigió el error.

Obra social Aclaratoria Error material Aportes previsionales Caja de jubilaciones Pensiones y retiros de cordoba

Reafiliación a la obra social Ospersaams y transferencia de aportes por parte del órgano previsional correspondiente.

¿Qué se resolvió?

La Cámara Federal de Apelaciones de Córdoba hizo lugar a la solicitud de aclaratoria presentada por el actor. Corrigió el error material en el que se había incurrido en la resolución anterior, estableciendo que la Caja de Jubilaciones, Pensiones y Retiros de Córdoba es el órgano encargado de transferir los aportes a la obra social, y no la ANSES como se había dispuesto por error. Fundamentos principales:
- El Código Procesal Civil y Comercial de la Nación faculta al tribunal a corregir errores materiales o subsanar conceptos oscuros o suplir omisiones respecto de las pretensiones deducidas y discutidas.
- De las constancias del expediente, se advierte que el objeto del reclamo del actor era obtener su reafiliación a la obra social Ospersaams y que la Caja de Jubilaciones transfiera los aportes correspondientes, no la ANSES como se había dispuesto.
- Por lo tanto, corresponde hacer lugar a la aclaratoria y modificar la resolución para corregir ese error material.

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