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CORDOBA, YSABEL MARTIR Y OTROS c/ ESTADO NACIONAL - MINISTERIO DE DEFENSA s/VARIOS

El actor promovió demanda por cobro del Suplemento por Zona previsto en la Resolución 1459/1993. La Cámara Federal de Apelaciones confirmó la imposición de costas por el orden causado ante el desistimiento de la acción.

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Cobro del Suplemento por Zona previsto en la Resolución 1459/1993

¿Qué se resolvió?

El Juzgado Federal N° 2 de Córdoba tuvo por desistida la acción e impuso las costas por el orden causado. La Cámara Federal de Apelaciones confirmó esta decisión.

¿Cuáles son los fundamentos principales?

El artículo 73 del CPCCN permite eximir de costas al desistente cuando el desistimiento se deba a cambios en la jurisprudencia. En este caso, si bien el fallo "Picone" no asentó nueva jurisprudencia, después de ese pronunciamiento los tribunales locales comenzaron a rechazar este tipo de reclamos. Por ello, se consideró acertada la imposición de costas por el orden causado.
- Voto en disidencia: El juez Sánchez Torres votó por imponer las costas de alzada por el orden causado, atendiendo a la naturaleza del incidente sobre el régimen de costas.

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