ZALAZAR, SILVIA PRICILIANA c/ A.N.S.E.S. (ADM. NAC. SEG. SOCIAL) s/PENSIONES
La actora reclamó pensión por fallecimiento del causante. La Cámara Federal de Apelaciones revocó la sentencia que rechazaba la demanda y ordenó a la ANSES otorgar el beneficio de pensión.
¿Qué se resolvió en el fallo?
La señora Silvia Priciliana Zalazar inició una demanda impugnando la decisión de la ANSES de denegarle la pensión por fallecimiento de su cónyuge, Francisco José Parra, al considerar que no se acreditaba la convivencia matrimonial. El juzgado de primera instancia rechazó la demanda, considerando que la pareja se encontraba separada de hecho al momento del fallecimiento. La Cámara Federal de Apelaciones revocó la sentencia de primera instancia. Señaló que, a partir de la entrada en vigencia del nuevo Código Civil y Comercial, la convivencia bajo el mismo domicilio dejó de ser un requisito excluyente para acceder a la pensión. Indicó que subsiste el deber de asistencia recíproca entre los cónyuges, expresado en la obligación de aportar alimentos y contribuir a los gastos del hogar, aun cuando tuvieran domicilios diferentes. Por lo tanto, consideró que correspondía hacer lugar a la demanda y ordenar a la ANSES que otorgue a la actora el beneficio de pensión.
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