LAURET CARMEN MARIA c/ ANSES s/REAJUSTES VARIOS
La actora reclamó el reajuste de su haber jubilatorio. La Cámara Federal de Apelaciones de Córdoba confirmó la sentencia que ordenó a ANSES recalcular el haber inicial y dispuso la inconstitucionalidad de diversas normas.
¿Qué se resolvió en el fallo?
La actora, titular de un beneficio previsional de pensión, reclamó el reajuste de su haber ante ANSES, lo cual fue desestimado. La Cámara de Apelaciones confirmó la sentencia de primera instancia, que ordenó a ANSES recalcular el haber inicial aplicando el índice ISBIC conforme los precedentes "Elliff" y "Badaro", declaró la inconstitucionalidad del art. 7 inc. 2 de la ley 24.463, art. 2 de la Ley 27.426, y arts. 23, inc. c), 79, inc. c) 81 y 90 de la ley 20.628, y dispuso que en la etapa de ejecución se analice la posible aplicación del precedente "Barrios" y el tope del precedente "Villanustre". También confirmó la imposición de costas a la demandada.
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